Contenido
Si se llegara a un acuerdo, el mismo equivaldría a un acuerdo alcanzado en período de consultas con los mismos efectos y condiciones. Tareas sencillas de preparación de operaciones en máquinas convencionales, así como los cambios de herramientas y sus regulaciones. Conducción de máquinas pesadas autopropulsadas o suspendidas en vacío, de elevación, carga, arrastre, etc. (locomotoras, tractores, palas, empujadoras, grúas, puente, grúas de pórtico, etc.). Conducción con permiso adecuado, entendiendo que puede combinarse esta actividad con otras actividades conexas. Tareas de grabación de datos en sistemas informáticos y/o impresión y lectura de los mismos. Realizar trabajos de corte, calentamiento, rebabado y escarpado u otros análogos, utilizando sopletes, martillos neumáticos, etc.
La duración mínima del contrato será de nueve meses y la máxima de treinta meses. En atención a las necesidades formativas de la persona trabajadora, este podrá prorrogarse seis meses más. Este contrato se podrá celebrar con personas trabajadoras mayores de 16 y menores de 25 años, que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, requerida para concertar un contrato en prácticas. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad ni en los supuestos de contratos suscritos en el marco de los programas públicos de empleo y formación. No podrán ser contratados bajo esta modalidad, por razones de edad, los menores de 18 años para el desempeño de tareas que por disposición legal hayan sido declaradas como especialmente peligrosas, tóxicas, penosas e insalubres, con independencia de la prohibición legal de realizar horas extraordinarias y trabajo nocturno y a turnos en cualquier actividad.
Metal Industria Acuerdo Estatal Publicado 20/03/2009
- Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes.
- En ausencia de delegación territorial de la FMF, el expediente de solicitud podrá ser presentado directamente, o a través de las organizaciones miembro de la FMF, ante la sede estatal de la misma.
- E) Los deterioros leves en la conservación o en elmantenimiento de los equipos y material de trabajo de los que sefuera responsable.
- Las personas trabajadoras de 60 años o más,realizarán preferentemente labores de complemento y apoyo enla forma indicada en el párrafo anterior, siempre que laestructura de la empresa lo permita.
- Podrán solicitar la Tarjeta Profesional de laConstrucción para el Sector del Metal las personastrabajadoras en alta, o en situación de incapacidadtemporal, que presten sus servicios en las empresas encuadradas enlos sectores de actividad establecidos en el artículo 96.1de este convenio.
- E) Contar, en su caso, con la acreditación u homologación exigible por parte de la autoridad laboral competente.
B) Operarios en trabajos de mantenimiento en la industria siderúrgica y de primera transformación. La empresa informará a la representación de los trabajadores con la debida antelación de la toma de las decisiones de aquellas propuestas de transformación digital o tecnológica que no supongan modificación sustancial en las condiciones de trabajo pero que pudieran tener cualquier efecto sobre el empleo y los métodos o formas de trabajo. La información deberá acompañar las nuevas formas operativas y las modificaciones tecnológicas en las que se incida. El contenido formativo del primer ciclo de formación es el que se establece en el anexo IV. El contenido formativo para la acción de reciclaje dirigida al personal de oficio es el establecido en el anexo VI para la parte específica. El contenido formativo de la acción de reciclaje dirigida al personal administrativo es el establecido en el apartado B) y C) de punto 7 del anexo IV.
Artículo 42. Concepto y requisitos.
– Riesgos derivados del uso de los medios auxiliares, equipos y herramientas empleados en la actividad del oficio. – Participación, información, consulta y propuestas. – Mobiliario adecuado frente a los riesgos posturales y ergonómicos, etc. 29.31 Fabricación de equipos eléctricos y electrónicos para vehículos de motor.
Artículo 66. Sanciones.
A) Operarios en trabajos de producción en la industria siderúrgica y de primera transformación. 43.29 Otras instalaciones en obras de construcción. Por lo tanto, las personas que realicen las visitas deberán limitarse a la elaboración del oportuno informe sin inmiscuirse en las funciones representativas y técnicas que se desarrollen en la empresa. – La organización y control general de visitas a las empresas en cumplimiento de lo establecido en este convenio. El contenido formativo de la acción de reciclaje dirigido a los responsables y técnicos de ejecución es el establecido en el apartado A) y B) de punto 4 del anexo IV.
Normas fundamentales de uso de las grúas móviles. Elementos principales de seguridad en las grúas móviles. Operaciones especialmente peligrosas en el manejo las grúas móviles. Sobreesfuerzos, Riesgo de contacto eléctrico. Todos los derechos contenidos en este capítulo quedan afectos al posible ejercicio las personas trabajadoras de sus derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento y supresión de datos. N) El incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuando tal incumplimiento origine riesgos y daños graves para la seguridad y salud de las personas trabajadoras.
Artículo 53. Definiciones.
Regulación de los órganos paritarios para laprevención de riesgos laborales. En consecuencia, en el supuesto de que la autoridad ojurisdicción laboral, en uso de las facultades que le sonpropias, no aprobara o resolviera dejar sin efecto cualquiera delas partes del presente convenio, este deberá ser revisado yreconsiderado en su integridad, si alguna de las representacionesfirmantes así lo requiriera expresamente. Las condiciones pactadas en el presente convenio forman un todoorgánico e indivisible y a efectos de su aplicaciónpráctica, serán consideradas globalmente. Las condiciones de trabajo aquí reguladas afectan durantesu periodo de vigencia a todas las empresas y personas trabajadorasincluidas en el ámbito señalado en el artículo2. La persona trabajadora autorizada que posee conocimientos especializados en materia de instalaciones eléctricas, debido a su formación acreditada profesional o Universitaria, o a su experiencia certificada de 2 o más. Electricidad, relativo a los trabajos de montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de AT y BT.
Con carácter previo, el empresario habrá deinformar de forma expresa, clara e inequívoca a las personastrabajadoras y, en su caso, a sus representantes, acerca de laexistencia y características de estos dispositivos.Igualmente, deberán informarles acerca del posible ejerciciode los derechos de acceso, rectificación, limitacióndel tratamiento y supresión. El procedimiento para la solicitud de la Tarjeta Profesional delSector Metal, así como los derechos y obligaciones de sutitular se regularán por lo establecido en elcapítulo XVIII del presente convenio. Con el fin de evitar duplicidades en la formación delas personas trabajadoras, los que la hayan recibido sobre laconsideración del lugar de trabajo como obra deconstrucción, y realicen su actividad en un lugar trabajodistinto, o al contrario, se procederá a un reconocimientode dicha formación recibida según lo establecido enel anexo III. Formación mínima enprevención de riesgos laborales. En las empresas que cuenten con varios centros de trabajodotados de Comité de Seguridad y Salud, podránacordar con sus personas trabajadoras la creación de uncomité intercentros, con las funciones que el acuerdo leatribuya.
Artículo 110. Primer ciclo de formación.
Golpes, Pinchazos y cortes por Herramientas. Proyección de fragmentos o partículas o salpicaduras. Contactos térmicos, Contactos eléctricos, los bunkers coquimbo contacto con sustancias peligrosas y productos químicos. Incendio y Explosión.